Abril es conocido como el mes de la declaración anual, ya que en este lapso los contribuyentes y personas físicas obligadas, deben de cumplir con esta obligación, declaró la administradora del Servicio de Administración Tributaria en Sinaloa, Lilia Gabriela López Cruz.
“La devolución se realizara en cinco días hábiles, posteriores a la declaración anual, una de nuestras novedades para quienes reciben ingresos únicamente por salarios más intereses hasta por 20 mil pesos, es que no están obligados a presentar declaración anual” señaló la administradora del SAT.
Entre otros cambios se encuentran: el uso de Efirma, el cual solo será necesario para saldos a favor mayores a 50 mil pesos y los contribuyentes con ingresos exclusivos por salarios y saldos a favor menores a 10 mil podrán realizar su declaración por teléfono.
La administradora del SAT señaló que para facilitar la declaración anual se ha desarrollado una aplicación que cuenta con una declaración prellenada con una propuesta de devolución preautorizada, estas tienen precargadas la información.
En el caso de que exista saldo en contra se generarán en pago en parcialidades y el contribuyente podrá habilitar el buzón tributario en la declaración.
La fecha limite para que los contribuyentes obligados presenten su declaración es el 30 de abril, pero por ser domingo se recorre el plazo al martes 2 de mayo, de acuerdo al articulo 12 del Código Fiscal de la Federación.
Lilia Gabriela López Cruz recalcó que con estas facilidades se busca satisfacer las demandas de la sociedad de contar con mejores servicios, simplificar pagos y disminuir tiempos y los costos al tributar.