Las vacaciones laborales en México aumentaron desde 2023; la Ley Federal del Trabajo garantiza días de descanso pagado progresivos y prima vacacional. En México, el derecho a las vacaciones laborales está regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT), que establece que toda persona trabajadora con más de un año de servicios tiene derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas, las cuales aumentan de forma progresiva conforme se acumulan años de servicio.
De acuerdo con el artículo 76 de la LFT, las vacaciones no pueden ser sustituidas por trabajo, aun si se ofrece un pago adicional. Esto se debe a que su propósito es otorgar descanso efectivo, considerado fundamental para preservar la salud física y mental de las personas trabajadoras.
¿Cuántos días?
A partir de la última reforma laboral, vigente desde enero de 2023, los días de vacaciones a los que tienen derecho las personas empleadas se incrementaron de forma significativa.
A continuación, se presenta el esquema de días de descanso por cada año trabajado:
- Con 1 año de antigüedad: 12 días de vacaciones
- Con 2 años de antigüedad: 14 días de vacaciones
- Con 3 años de antigüedad: 16 días de vacaciones
- Con 4 años de antigüedad: 18 días de vacaciones
- Con 5 años de antigüedad: 20 días de vacaciones
- De 6 a 10 años de antigüedad: 22 días de vacaciones
- De 11 a 15 años de antigüedad: 24 días de vacaciones
- De 16 a 20 años de antigüedad: 26 días de vacaciones
- De 21 a 25 años de antigüedad: 28 días de vacaciones
- De 26 a 30 años de antigüedad: 30 días de vacaciones
Este esquema tiene el objetivo de incentivar la permanencia de las personas en el empleo y de garantizar el derecho al descanso acumulativo, lo que permite una mejor calidad de vida laboral.
Plazos
El artículo 81 de la Ley Federal del Trabajo indica que las vacaciones deben concederse dentro de los seis meses posteriores al cumplimiento del año de trabajo.
Además, durante ese período, el patrón está obligado a pagar el salario ordinario correspondiente y a otorgar una prima vacacional no menor al 25% del salario base.
La persona trabajadora cuenta con un año para exigir el disfrute de sus vacaciones, así como el pago correspondiente a esta prestación.
Asesoría
En caso de que no se respete este derecho, las personas trabajadoras pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), una institución que ofrece asesoría, conciliación y representación legal gratuita en conflictos laborales.
Los servicios de PROFEDET están disponibles tanto en su sede principal ubicada en la Ciudad de México, como en todas las entidades federativas a través de las oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL).
Los canales de contacto disponibles incluyen:
- Teléfonos: 800 717 2942 y 800 911 7877
- Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx