Cuando recibes tu salario es fundamental saber que tu compensación total va más allá del pago quincenal o mensual. La Ley Federal del Trabajo en México establece prestaciones obligatorias que todo patrón debe otorgar a sus empleados, y conocerlas es tu derecho. Estas son las tres prestaciones básicas que constituyen el mínimo legal que debes recibir, según la Ley Federal del Trabajo actualizada y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
1. El aguinaldo
¿Qué es?: Un pago anual adicional a tu salario regular que funciona como un complemento económico para las festividades de fin de año.
¿Cuánto te corresponde?: El equivalente a mínimo 15 días de salario por cada año completo laborado. Si no has trabajado el año completo, recibirás la parte proporcional al tiempo laborado.
Fecha límite de pago: Tu patrón está obligado a pagártelo antes del 20 de diciembre de cada año.
Base legal: Este derecho se encuentra establecido en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que señala que todos los trabajadores tienen derecho a recibir este pago.
2. Vacaciones y prima vacacional
Días de vacaciones: Desde tu primer año de trabajo tienes derecho a 12 días laborales continuos de vacaciones pagadas.
Este periodo aumenta progresivamente con tu antigüedad, llegando a 20 días después de 5 años de servicio.
Prima vacacional: Además del pago de tu salario durante tu periodo vacacional, recibirás un pago extra equivalente al mínimo 25% adicional sobre tu salario de los días de vacaciones.
Por ejemplo, si tu salario diario es de $300 y tomas 12 días de vacaciones, recibirás $3,600 por concepto de vacaciones más $900 de prima vacacional.
Base legal: Estos derechos están contemplados en los Artículos 76 y 80 de la Ley Federal del Trabajo.
3. Reparto de Utilidades
¿Qué es?: Tu derecho a recibir una parte de las ganancias que genera la empresa donde trabajas.
¿Cuánto te corresponde?: Una porción de las utilidades netas de la empresa, calculada de forma proporcional a los días trabajados y tu salario.
Requisito: Debes haber laborado al menos 60 días durante el año para tener derecho a este beneficio.
Fecha de pago: Debe ser pagado entre los meses de mayo y junio del año siguiente.
Base legal: Este derecho está fundamentado en el Artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo y en el Artículo 9º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
¿Qué hacer si no recibes estas prestaciones?
Si tu empleador no te otorga estas prestaciones de manera completa o se niega a pagarlas, tienes opciones para defender tus derechos.
- Asesoría gratuita: Puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), donde recibirás orientación legal especializada sin costo.
- Plazos para reclamar: Cuentas con un año para reclamar el pago de prestaciones como el aguinaldo o la prima vacacional, contado a partir de la fecha en que debieron haberte sido pagadas.
- Proceso de conciliación: Con las reformas laborales recientes, es obligatorio pasar por un proceso de conciliación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral antes de poder presentar una demanda formal.










