La Asociación Mexicana de Contadores Públicos (AMCP) hizo un llamado a las empresas y a las personas físicas con actividad empresarial para que a más tardar el 30 de mayo en el caso de las personas morales, y el 30 de junio para las personas físicas, realicen el reparto de utilidades a sus trabajadores a fin de evitar problemas con las autoridades laborales.
Durante el desayuno informativo quincenal de la Asociación, el titular del organismo, José Manuel Ramírez Robles señaló que las autoridades laborales estarán muy al pendiente del cumplimiento de las obligaciones de las empresas en el renglón del reparto de utilidades, de ahí la importancia de llevarlo a cabo en tiempo y forma.
Aunado a lo anterior, resaltó que en su momento las empresas y personas físicas podrán evitar que los mismos trabajadores denuncien ante las autoridades laborales el no pago de dichas utilidades.
“Esto derivado de que en marzo se hizo la declaración anual 2016 y entonces tenemos 2 meses para el reparto de utilidades las personas morales, es decir, en mayo, y en abril fue el vencimiento de las personas físicas en cuanto a su declaración anual 2016 y también tienen dos meses, que vencen en junio”, indicó.
Detalló que la base para pagar las utilidades generadas en la declaración anual 2016 es el 10 por ciento de las utilidades que perciba tanto la persona moral y la persona física para efectos de sus movimientos contables del ejercicio.
Para concluir, precisó que para realizar el pago, se toma en cuenta el derivado de la antigüedad del trabajador, por lo que si un empleado labora 200 días al año, se le tendrá que pagar un proporcional a ese tiempo, y si trabaja de forma completa, se le deberá pagar la totalidad de dicho porcentaje, tomando en cuenta también los salarios devengados durante el 2016.